Nueva norma para fijar las categorías del cerdo ibérico
El Ministerio de Agricultura ha recibido luz verde de las autoridades comunitarias y de los organismos correspondientes de la Administración española para aplicar la nueva regulación de los productos de los cerdos de raza ibérica. La norma intenta clarificar el sector y evitar los engaños por parte de algunas marcas y que terminan por confundir al consumidor.
Con la norma, sin embargo, no acabará con la lista de posibles categorías a la hora de comprar cerdo de raza ibérica. Con la nueva disposición habrá tres designaciones según la alimentación del animal: “de bellota”, para cerdos engordados a base a las producciones de la dehesa; “de cebo de campo”, para animales que se han engordado en dehesa y con piensos; “y de cebo de granja”, cerdos criados exclusivamente con piensos.
Pero además, para cada una de esas tres designaciones, será posible encontrar tres tipos de categorías según la raza del animal, que deben ser especificadas en la etiqueta: el “ibérico 100%”, cuando la pureza racial sea total; o “ibéricos al 75%”y “más del 50%” cuando se trate de animales cruzados. La denominación “pata negra” se reserva exclusivamente a los animales de bellota 100% de raza ibérica, mientras que el resto de animales de raza cruzada alimentados con bellota serán de “dehesa o montanera”. Con lo que se prohíbe la utilización de las denominaciones de “recebo” (un sistema con el que se cierra la alimentación del animal con pienso) y de “ibérico puro”.
En las etiquetas se prohíbe usar nombres, logotipos, marcas, símbolos o menciones que puedan inducir a error a los consumidores. Además, habrá un código de colores que identificará cada variedad en las etiquetas.
Se puede consultar, para más información, aquí.
Comentarios recientes